New Mexico Register / Volume XXXIII, Issue 18 / September 27, 2022

 

 

AVISO DE LA JUNTA DE MEJORA DEL MEDIO AMBIENTE DE NUEVO MÉXICO

SOBRE UNA AUDIENCIA PÚBLICA PROGRAMADA PARA CONSIDERAR LAS ENMIENDAS PROPUESTAS A 20.3.3 NMAC, 20.3.5 NMAC, 20.3.7 NMAC, 20.3.12 NMAC Y 20.3.15 NMAC DEL REGLAMENTO DE PROTECCIÓN RADIOLÓGICA EIB 22-35

 

La Junta de Mejora Ambiental (“EIB”) llevará a cabo una audiencia pública el 16 de diciembre de 2022 a partir de las 9:00 a. m., MST (hora estándar de la montaña), a través de Internet (WebEx), teléfono y en persona.

 

Si desea asistir personalmente a la audiencia pública, diríjase a la siguiente dirección:

 

Marquez Building

525 Camino De Los Marquez

Santa Fe, NM 87505

 

Si desea unirse a la audiencia pública en línea a través de una videoconferencia, vaya a:

 

https://nmed-oit.webex.com/nmed-oit/j.php?MTID=m431b5a46004719eade0a5a52c2ab575f

Número de la reunión:

2459 934 8536

Clave:

WpcGwJZF236

 

Si desea unirse a la audiencia pública por teléfono, marque el siguiente número:

 

+1-415-655-0001 Peaje en EE. UU.

Código de acceso: 2459 934 8536

 

Los comentarios se recibirán por correo electrónico o a través de comentarios inteligentes hasta la conclusión de la audiencia. Para comentar por correo electrónico, envíe la correspondencia a: Pamela.Jones@state.nm.us. Para comentar a través de comentarios inteligentes, use el siguiente enlace: https://nmed.commentinput.com/?id=Jx2uQ.

 

En la audiencia pública, la EIB considerará las enmiendas propuestas a las siguientes regulaciones: 20.3.3 NMAC “Licencias para materiales radiactivos”; 20.3.5 NMAC “Requisitos de seguridad radiológica para operaciones radiográficas industriales”; 20.3.7 NMAC “Uso médico de radionúclidos”; 20.3.12 NMAC “Licencias y requisitos de seguridad radiológica para el registro de pozos”; 20.3.15 NMAC “Licencias y requisitos de seguridad radiológica para irradiadores”, tal como se propone en la Petición para enmendar 20.3.3 NMAC, 20.3.5 NMAC, 20.3.7 NMAC, 20.3.12 NMAC y 20.3.15 NMAC del Reglamento de Protección Contra las Radiaciones y Solicitud de Audiencia (“Petición”), expediente número EIB 22-35. La Petición ha sido presentada por la Oficina de Control de la Radiación (“Oficina”) del Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México (“NMED”). Las enmiendas propuestas son para alinear ciertas disposiciones dentro de las regulaciones estatales con los requisitos federales obligatorios.

 

Nuevo México es un estado de acuerdo bajo 42 U.S.C. § 2021 y NMSA 1978, Sección 74-3-15 (1977). Como estado de acuerdo, las regulaciones estatales de Nuevo México deben ser compatibles con las regulaciones de la Comisión Reguladora Nuclear de los Estados Unidos (“NRC”). 42 USC § 2021(d)(2). El requisito de compatibilidad se cumple mediante la promulgación de regulaciones estatales cuando sea necesario. La mayoría de las enmiendas que se proponen actualmente son para alinear ciertas disposiciones dentro de las regulaciones estatales con las regulaciones federales de la NRC. De conformidad con NMSA 1978, Sección 74-3-5(A) (2000), las enmiendas propuestas se proporcionaron al Consejo Asesor de Tecnología de la Radiación (“RTAC”) en su reunión del 21 de junio de 2022. El RTAC dio su consentimiento a las enmiendas propuestas. Finalmente, la EIB tiene la autoridad para enmendar el Reglamento de Protección Contra las Radiaciones bajo NMSA 1978, Sección 74-1-8(A)(5) (2020), NMSA 1978, Sección 74-1-9 (1985), y Sección 74- 3-5(A).

 

Además, las enmiendas propuestas incluyen otros cambios menores y aclaraciones a las definiciones, regulaciones y procedimientos actuales. Tenga en cuenta que en la audiencia se pueden proponer cambios de formato y técnicos menores en las regulaciones distintos de los propuestos por el NMED. Además, la EIB puede realizar otros cambios según sea necesario para lograr el propósito de proporcionar salud y seguridad pública en respuesta a los comentarios del público y las pruebas presentadas en la audiencia.

 

Se publica una copia de las enmiendas propuestas en el sitio web de la Oficina en https://www.env.nm.gov/rcb/open-meeting-notification-for-radioactive-material-rule-revision/. Además, las copias de las enmiendas propuestas se publican en el sitio web de la EIB como archivos adjuntos a la Petición con el número de expediente EIB 22-35. https://www.env.nm.gov/environmental-improvement/main-2/.

 

Para obtener una copia física o electrónica de las enmiendas propuestas, comuníquese con: Pamela Jones, administradora de la Junta, P.O. Box 5469, 1190 St. Francis Drive, Suite S-2103, Santa Fe, NM, 87502; Pamela.Jones@state.nm.us; (505) 660-4305. En su correspondencia haga referencia al número de expediente EIB 22-35.

 

La audiencia se llevará a cabo de acuerdo con los Procedimientos de elaboración de normas de la EIB que se encuentran en 20.1.1.1 - 501 NMAC, la Ley de mejora ambiental en virtud de la Sección 74-1-9 y otros procedimientos y órdenes procesales aplicables. Los comentarios por escrito sobre las revisiones propuestas se pueden obtener de Pamela Jones, administradora de la EIB, en la información de contacto mencionada anteriormente.

 

A todas las personas interesadas se les dará una oportunidad razonable en la audiencia para presentar pruebas, datos, puntos de vista y argumentos pertinentes, en forma oral o por escrito, para presentar pruebas instrumentales e interrogar a los testigos. Cualquier persona que desee presentar una declaración no técnica  por escrito para el registro en lugar de un testimonio oral debe presentar dicha declaración antes del cierre de la audiencia por correo electrónico a: Pamela.Jones@state.nm.us o por medio de comentarios inteligentes al siguiente enlace: https://nmed.commentinput.com/?id=Jx2uQ.

 

Las personas que deseen presentar testimonio técnico deben presentar ante la EIB un aviso por escrito de su intención de hacerlo. La EIB debe recibir los avisos de intención para la audiencia a más tardar a las 5:00 p. m. MST (hora estándar de la montaña) del 28 de noviembre de 2022 y debe hacer referencia al nombre de la regulación, la fecha de la audiencia (16 de diciembre de 2022) y el número de expediente EIB 22035.

 

Los requisitos para un aviso de intención se pueden encontrar en 20.1.1.302 NMAC.

 

El aviso de intención deberá:

- identificar a la persona o entidad en nombre de la cual testificarán los testigos;

 

- identificar cada testigo técnico que la persona pretende presentar e indicar las calificaciones del testigo, incluida una descripción de su historial académico y laboral;

 

-si la audiencia se llevará a cabo en varias ubicaciones, indique la ubicación o las ubicaciones en los que estarán presentes los testigos;

 

- incluir una copia del testimonio directo de cada testigo técnico en forma narrativa;

 

- incluir el texto de cualquier modificación recomendada al cambio regulatorio propuesto; y

- enumerar y adjuntar todas las pruebas instrumentales que se anticipa que ofrecerá esa persona en la audiencia, incluida cualquier declaración propuesta de razones para la adopción del lenguaje de la norma que se propone.

 

Si usted es una persona con una discapacidad y necesita asistencia o un dispositivo auxiliar, por ejemplo, un intérprete de lenguaje de señas, para participar en cualquier aspecto de este proceso, comuníquese con Pamela Jones, administradora de la Junta, al menos 14 días antes de la fecha de la audiencia en P.O. Box 5469, 1190 St. Francis Drive, Suite S-2103, Santa Fe, NM, 87502, teléfono (505) 660-4305 o correo electrónico Pamela.Jones@state.nm.us. (TDD o TTY), los usuarios pueden acceder al número a través de New Mexico Relay Network, 1-800-659-1779 (voz); usuarios de TTY: 1-800-659-8331).

 

La EIB puede tomar una decisión sobre los cambios regulatorios propuestos al final de la audiencia o puede convocar una reunión después de la audiencia para considerar la acción sobre la propuesta.

 

DECLARACIÓN DE NO DISCRIMINACIÓN

 

El NMED no discrimina por motivos de raza, color, origen nacional, discapacidad, edad o sexo en la administración de sus programas o actividades, según lo exigen las leyes y reglamentos aplicables.

 

El NMED es responsable de la coordinación de los esfuerzos de cumplimiento y la recepción de consultas sobre los requisitos de no discriminación implementados por 40 C.F.R. Partes 5 y 7, incluido el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, según enmendada; Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973; la Ley de Discriminación por Edad de 1975, el Título IX de las Enmiendas de Educación de 1972 y la Sección 13 de las Enmiendas de la Ley Federal de Control de la Contaminación del Agua de 1972. Si tiene alguna pregunta sobre este aviso o cualquiera de los programas, políticas o procedimientos de no discriminación de NMED, puede comunicarse con:

 

Kathryn Becker, coordinadora de no discriminación, Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México, 1190 St. Francis Dr., Suite N4050, P.O. Box 5469, Santa Fe, NM 87502, (505) 827-2855, nd.coordinator@state.nm.us.

 

Si cree que ha sido discriminado con respecto a un programa o actividad del NMED, puede comunicarse con la coordinadora de no discriminación identificada anteriormente o visitar nuestro sitio web en https://www.env.nm.gov/non-employee-discrimination-página-queja/ para saber cómo y dónde presentar una queja por discriminación.